La macroencuesta de Violencia contra la mujer (2015, Ministerio de sanidad, Servicios sociales e igualdad) arroja datos de un millón y medio de mujeres afectadas por violencia sexual en España. Estas cifras hacen necesaria la adecuación del concepto de violencia de género en la LO 1/2004 al convenio de Estambul. Por lo tanto, se hace necesario ampliar el concepto de violencia de género e incluir otras formas de violencia que sufren las mujeres por el hecho de serlo y con ello promover el desarrollo de estructuras de intervención y programas de atención integral para estos otros tipos de violencia en todo el territorio nacional.
El Pacto de Estado en materia de violencia sexual ha demandado la necesidad de desarrollar un sistema de atención integral y de urgencia, accesible y de calidad en todo el territorio nacional a través de las Comunidades Autónomas.
Para ello, se hace necesario impartir formación especializada en materia de violencia sexual, ya que los matices asociados a este tipo de violencia, aunque tienen elementos en común, son diferentes a los de las víctimas de la violencia machista en el entorno de la pareja o ex pareja, que también sufren violencia sexual.
Cuando una mujer es agredida por un desconocido o un conocido reciente, el proceso es diferente, del mismo modo que también es distinto el proceso de reparación cuando la violencia sexual se ha dado en la infancia por vínculos significativos.
El presente curso, por lo tanto, surge de la necesidad de impartir formación especializada para la atención de mujeres y niñas que han sufrido cualquier tipo de violencia sexual y de mejorar con ello la actuación a favor de las mujeres supervivientes de la violencia sexual de género.
La grave repercusión que tiene en las mujeres el haber sufrido este tipo de violencia, hace necesario dotar a las y los estudiantes y profesionales de la psicología de Murcia, de los conocimientos y las habilidades necesarias para el manejo de prácticas adecuadas y relaciones de buen trato en materia de violencia sexual de género, mejorando con la atención psicológica que se pueda brindar a las supervivientes.
En situaciones de crisis, el conocimiento de las herramientas legales autonómicas como la LEY 1/2017, de Prevención y Protección Integral de las Mujeres contra la Violencia de Género, así como las internacionales (Convenio de Estambul, CEDAW¿) sentencias y resoluciones con valor jurisprudencial, se constituyen como un marco de actuación práctico para la mejor intervención de las profesionales.